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  COLONYA MEMBRE DE:
  FOLLET 2005
 
 
PRINCIPIOS DE LA CARTA
PRESENTACIÓN
CONTENIDOS BÁSICOS
ENTIDADES COLABORADORAS
DATOS
FINANCIACIONES FORMALIZADAS
SUBVENCIONES OTORGADAS
ACTIVIDADES DEL AÑO
REMUNERACIÓN AÑO 2006
PROYECCIÓN 2006
FISCALIDAD
NORMATIVA

Memoria 2006
Memoria 2005
Memoria 2004
Memoria 2003
Memoria 2002
Fundació Deixalles (Mallorca)

NORMATIVA SUBVENCIONES CON FONDOS PROVENIENTES DEL AHORRO ÉTICO

El Ahorro Ético es una iniciativa de Colonya Caixa Pollença, que desarrolla actividades de captación de recursos de ahorro con dos finalidades: por un lado, la Ética, mediante la concesión de financiaciones, con los importes de los depósitos mantenidos por los impositores, y por otro, la Solidaria, a través de subvenciones, procedentes de las donaciones de los titulares de las cuentas del Ahorro Ético.
Todas estas actividades financieras son controladas en sus aplicaciones éticas por el Comité Ético del Ahorro Ético, en el caso concreto de los proyectos subvencionados las decisiones son determinadas por el citado Comité, que decide regular las convocatorias con las siguientes bases:


BASES

1.- DESTINATARIOS
Podrán optar a esta convocatoria de subvenciones las entidades sociales de derecho privado sin ánimo de lucro, no vinculadas a administraciones públicas ni a empresas privadas, legalmente constituidas e inscritas en el Registro de centros, servicios y/o entidades con una antigüedad mínima de un año en el momento de la publicación de la convocatoria, que desarrollen actividades en el campo de la Acción Social y conservación del entorno natural, dentro del ámbito territorial de las Islas Baleares.

2.- SECTORES DE ATENCIÓN
El proyecto presentado tendrá como finalidad mejorar la calidad de vida de las personas en situación de necesidad, así como del entorno natural, la potenciación del tejido social y la difusión de la Economía Social y Solidaria, de nuestra Comunidad Autónoma.

3.- TIPUS DE PROJECTE
Los proyectos sociales tienen que estar relacionados con los siguientes conceptos:

3.1. Inversiones para la adquisición o para la reposición de equipamientos.
3.2. Materiales de difusión del proyecto.
3.3. Difusión de las tareas, tanto de cariz social como ambiental.
3.4. Adquisición de material fungible, a consumir en el término de realización del proyecto.
3.5. Contratación laboral de personal técnico para la ejecución del proyecto.
3.6. Gastos relativos a personal voluntario, si lo hay en el proyecto.
3.7. Gastos de mantenimient para la aplicación del proyecto.
3.8. Formación de personal fijo, eventual y voluntario para atender el proyecto.

En ningún caso se satisfarán los gastos corrientes de las actividades de la entidad.

4.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
Las entidades que quieran participar, individual o conjuntamente, deberán presentar:

4.1. Formulario de presentación del proyecto, correcta e íntegramente cumplimentado, acompañado de la documentación solicitada en éste (cedido por Colonya).
4.2. Copia de convenios que la entidad tiene con otras instituciones para desarrollas el mismo proyecto, si se da el caso.

5.- TÉRMINOS
5.1. La documentación se tendrá que remitir a cualquiera de las oficinas de Colonya antes de las 14 horas del 28 de febrero
. 5.2. La resolución del jurado se comunicará directamente a las entidades, previsiblemente antes del 30 de marzo.
5.3. La documentación de los proyectos que no hayan recibido ayudas podrá ser reclamada en los 30 días posteriores. En caso contrario, será destruida.
5.4. La subvención se aplicará necesariamente dentro del ejercicio que se haya concedido.

6.- JURADO Y DOTACIÓN
El jurado estará integrado por el Comité Ético de Colonya.

7.- CRITERIOS DE VALORACIÓN
El marco de los criterios de valoración será, “Los Principios de las Carta para un Mundo Solidario”, y se tendrán en cuenta el interés, la utilidad, la calidad, el carácter innovador y la oportunidad de la actividad para la cual se solicita la subvención, siendo prioritarios los proyectos:

7.1. Que se desarrollen actividades ambientales o sociales de sostenibilidad y cohesión social.
7.2. Que faciliten mejoras a un mayor número de personas o a zonas más infradotadas.
7.3. Que promuevan la integración y la lucha contra la marginación y la exclusión social.

8.- OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DE LAS ENTIDADES
Las entidades subvencionadas tienen las siguientes obligaciones:

8.1. Presentarse al acto de concesión de las subvenciones. En caso de no justificar la ausencia en el término de 5 días hábiles, se entenderá que la entidad renuncia a la subvención.
8.2. Firmar un acuerdo que detallará las condiciones específicas de cada caso y contraerán el compromiso de someterse a las comprobaciones y el seguimiento que determine el Comité Ético.
8.3. Los importes de las subvenciones otorgadas se ingresarán en la cuenta del Ahorro Ético que cada entidad beneficiaria tendrá abierta en Colonya.
8.4. Informar a los responsables del Comité Ético de Colonya, sobre cualquier eventualidad que pueda afectar a la ejecución del proyecto presentado y permitir la visita de dicho Comité para conocer en directo la evolución.
8.5. Finalizado el proyecto, sus promotores deberán presentar:
8.5.1. Informe descriptivo y evaluador del proceso seguido y de los resultados obtenidos.
8.5.2. La liquidación detallada de los gastos realizados, con los originales y una copia de las facturas o recibos correspondientes al 100% de la ayuda concedida, expedidos a nombre de la entidad y de acuerdo con la normativa fiscal vigente. 8.6. La subvención se hará constar en cualquier información pública que las entidades beneficiarias hagan sobre la realización de su proyecto. Así mismo, el Comité Ético se reservas el derecho de divulgar la identidad de las entidades beneficiarias, las características de los proyectos y las cantidades subvencionadas.

9.- RESPONSABILIDADES
La responsabilidad civil o penal de las actuaciones concretas de cada proyecto recaerá exclusivamente sobre la entidad que lo promueve. Colonya, a través del Comité Ético, se reserva el derecho de suspender las ayudas concedidas si estima que los trabajos en ejecución no se ajustan a los proyectos convenidos o bien son contrarios a la legislación vigente y, en este caso, podrá exigir la devolución de las cantidades entregadas.

10.- INTERPRETACIÓN Y DICTAMEN
10.1 Los proyectos que no cumplan íntegramente todos los requisitos expuestos en estas bases quedarán automáticamente excluidas de la convocatoria.
10.2. El jurado queda facultado para resolver cualquier duda que pueda surgir en la interpretación de las bases. Las decisiones que adopte el Comité Ético tendrán carácter ejecutivo y serán inapelables. En todos los casos, queda facultado para interpretar y resolver cualquier cuestión que pueda surgir en relación a la concesión y administración de las ayudas otorgadas.

11- EL HECHO DE PRESENTAR LA SOLICITUD PRESUPONE LA ACEPTACIÓN DE ESTAS BASES